Malasia: Sentencia íntegra de la condena a Bush y Blair por crímenes de guerra
El tribunal, de acuerdo con el artículo 31 de nuestra Carta, recomienda a la comisión que presente acusación contra los dos condenados ante la Corte Penal Internacional...
Iraq Solidaridad | Para Kaos en la Red | 25-11-2011

Tribunal Kuala Lumpur sobre crímenes de  guerra.
Segunda y última sesión: George W. Bush y Anthony L. Blair declarados culpables por crímenes contra la paz
Kuala Lumpur, 22 de noviembre de 2011
BRusells Tribunal (www.brussellstribunal.org), noviembre de 2011
IraSolidaridad (www.iraqsolidaridad.org), ** de noviembre de 2011
Traducido del inglés para IraqSolidaridad por Paloma Valverde
Fiscalía de la Comisión de crímenes de guerra de Kuala Lumpur contra George W. Bush y Anthony L. Blair
Procedimiento penal Nº 1-CP-2011
  Tribunal Kuala Lumpur de Crímenes de guerra. Kuala Lumpur, Malasia
Tribunal:  Juez Abdul Kadar Sulaiman, juez Salleh Buang, juez Tunku Sofiah Jewa, juez Alfred L. Webre, juez Shad Saleem Faruqi.
  Acusación: Gurdial Singh Nijar, Francis A. Boyle, Avtaran Singh, Usha Kulasegaran, Gan Pei Fern.
Defensa:  Jason Kay Kit Leong, Sook Kok Weng, Pan Shan Ping, Mohd Zharif Shafiq, Zyzan Syaidi, Muhammad Khirul.
  Secretario judicial:  Musa Ismail.
22 de noviembre de 2011
HECHOS PROBADOS POR EL TRIBUNAL POR UNANIMIDAD
Los dos acusados, George W. Bush y Anthony L. Blair, en el momento de los hechos jefes de Estado de Estados Unidos y Reino Unido respectivamente, han sido acusados por el jefe de la Fiscalía General de la Comisión de Crímenes de Guerra de Kuala Lumpur de haber cometido crímenes contra la paz porque planificaron, prepararon y llevaron a cabo la invasión de un Estado soberano el 19 de marzo de 2003, contraviniendo la Carta de Naciones Unidas y la legislación internacional. La acusación particular afirma,  inter alia, que el 19 de marzo de 2003, los dos acusados iniciaron una guerra contra Iraq sin que hubiera sido sancionada por Naciones Unidas y sin una causa justa.
Los dos acusados no estuvieron presentes durante el juicio, ni abogados o asesores legales presentes en su representación aunque las partes fueron debidamente notificadas. De acuerdo con el artículo 15 de la Carta de la Comisión de Crímenes de Guerra de Kuala Lumpur y de las normas de procedimiento y pruebas del Tribunal de Crímenes de Guerra de Kuala Lumpur (a partir de este momento nos referiremos a ellos como ‘la Carta’), este tribunal nombró a un mediador (amicus curiae) para asistir al tribunal mediante la presentación de un informe imparcial sobre las acusaciones y las pruebas contra los acusados. El mediador solicitó la absolución para ambos acusados.
1.- Recusación de jueces
Al inicio de los procedimientos, el tribunal estaba formado por siete jueces, no obstante, el juez Niloufer Bhagwat y el juez Dato’ Zakaria Yatim rehusaron por sí  mismos y el tribunal inició el procedimiento con un quórum de cinco jueces.
2.- Objeciones preliminares sobre la jurisdicción
Jason Kay Kit Leong, el  amicus curiae, planteó una objeción preliminar respecto a que el Tribunal no tenía jurisdicción para juzgar el caso. Tras escuchar los argumentos esgrimidos por el fiscal general y el  amicus curiae, el tribunal determinó que sí tenía jurisdicción y que, por lo tanto, el procedimiento continuaría.
Según el artículo 7 de la parte I de la Carta, el Tribunal tendrá jurisdicción para juzgar no solo los crímenes contra la paz sino también para juzgar los crímenes contra la humanidad, el crimen de genocidio y los crímenes de guerra.
3.- Hechos
Es un hecho indiscutible del caso que el primer acusado ha pergeñado la invasión de Iraq como mínimo desde el 15 de septiembre de 2001 y ha confiado al segundo acusado su intención. En 2002, los dos acusados, sin la sanción del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, bombarderaron Iraq desde el aire con la finalidad de destruir las defensas aéreas del país, preparando así su invasión de 2003. Un memorando del consejo de gobierno británico fechado el 23 de julio (conocido como “Memorando Downing Street”) recoge una reunión entre el segundo acusado y los altos responsables de la inteligencia.
El 8 de noviembre de 2002, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas aprobó la resolución 1441. El texto de esta resolución claramente no autoriza el uso de la acción militar para obligar a su cumplimiento. Ambos acusados habrían sido plenamente conscientes de las limitaciones de esta resolución.
El segundo acusado admitió mientras testificaba para la investigación Chilcot el 14 de enero de 2011 que Peter Godsmith, fiscal general, había indicado que una segunda resolución del Consejo de Seguridad no era necesaria a la luz de la legislación internacional para autorizar el uso de la fuerza militar contra Iraq.
Es también un hecho probado que Iraq no poseía armas de destrucción masiva. Los dos acusados admitieron que durante los años de la guerra de Iraq sabía o creían que los informes sobre las armas de destrucción masiva de Iraq eran poco fidedignos. Sin embargo, ambos acusados procedieron a iniciar la guerra contra Iraq basándose en falsas y arteras pruebas.
Más de un millón cuatrocientos mil iraquíes han sido asesinados y continúan siéndolo, como resultado directo y como consecuencia indirecta de la guerra iniciada por los dos acusados contra Iraq.
4.- La ley internacional de la guerra
4.1 Prohibición general contra el uso de la fuerza
La Carta de Naciones Unidas contiene una prohibición general contra el uso de la fuerza como medio para resolver las disputas. La Carta insiste en que la guerra sólo puede ser el último recurso y que la decisión de desatar los horrores de la guerra contra una población inocente solo se puede tomar de acuerdo a la propia ley debidamente establecida al respecto. El Consejo de Seguridad y la Asamblea general han afirmado reiteradamente este principio.
4.2. Circunstancias excepcionales en las que el uso de la fuerza está permitido.
De acuerdo con la Carta, así como con el derecho consuetudinario internacional, hay varias excepciones que legalizan el uso de la fuerza.
Primero, la defensa propia, de acuerdo con el artículo 51 de la Carta.
Segundo, autorización concreta del uso de la fuerza por parte del Consejo de Seguridad como último recurso para mantener la paz y la seguridad, de acuerdo con el capítulo VII de la Carta de Naciones Unidas.
Tercero, la alegación de la defensa de que el derecho consuetudinario internacional es un principio de defensa propia preventiva o anticipatoria cuando una amenaza o un ataque es inminente.
Cuarto, la alegación de la defensa de que existe un principio de intervención humanitaria o un derecho de protección.
5.- ¿Existe caso?
Al cierre de la intervención de la acusación, escuchamos los argumentos de ambas partes. El Tribunal llegó a la conclusión unánime de que sí existía caso, por lo que se citó a la defensa.
6.- Las alegaciones de la defensa
6.1 El caso Nicaragua
Jason Kay Kit Leon, el  amicus curiae, afirma que la acusación ha presentado dos puntos contradictorios sobre la catástrofe humana. La defensa afirma: “La ley de la justicia natural requiere que el acusado sepa con claridad de qué se le acusa para comprender la naturaleza de las acusaciones contra él, de forma que tenga la posibilidad de defenderse.”
No obstante, la defensa objetando la argumentación de la acusación sobre el caso Nicaragua ha planteado un punto discutible. Las interpretaciones de ambos abogados de la acusación del caso Nicaragua prohibirían ordenar a Bush y Blair el inicio de una guerra y la invasión de Iraq.
El caso Nicaragua, mediante la interpretación de Gurdial Singh Nijardel, abogado de la acusación prohíbe la invasión de Iraq llevada a cabo por Bush y Blair porque esa invasión no era acorde con la “prevención de una terrible catástrofe humana de la cual se podría hacer responsable a Sadam”. No se ha podido establecer mediante pruebas bien documentadas que tal catástrofe existiera. Había otros muchos medios —incluida una segunda resolución de Naciones Unidas— disponibles para evitar el uso de la fuerza. Las medidas de la guerra tomadas por Bush y Blair contra Iraq fueron desproporcionadas.
El caso Nicaragua, según la interpretación del profesor Frances Boyle, co-asesor de la acusación, niega rotundamente las razones humanitarias como argumento para una intervención utilizando la fuerza.
6.2. Responsabilidad de proteger
De modo similar, la defensa arguye que la responsabilidad de proteger es una doctrina que justifica una intervención mediante el uso de la fuerza en base a argumentos humanitarios y que la doctrina de la responsabilidad de proteger aporta una racionalidad legal a la guerra iniciada por Bush y Blair contra Iraq. Como precedente, la defensa cita la intervención de la OTAN en 1999 en Serbia. No obstante, como señaló el abogado de la acusación Frances Boyle, el presidente estadounidense Bill Clinton no tenía autoridad desde el Congreso de Estados Unidos para invadir Serbia y las resoluciones de Naciones Unidas citadas por la defensa se produjeron después del hecho de la invasión ilegal, mediante un intento de Naciones Unidas para controlar a un presidente estadounidense. La invasión de Serbia en 1999 fue ilegal de acuerdo con el caso Nicaragua, al igual que lo fue la invasión de Iraq en 2003 llevada a cabo por los dos acusados.
6.3. El uso de documentos del gobierno estadounidense y las declaraciones de los acusados
Al argumentar que la situación de Iraq justificaba una intervención humanitaria, la defensa ha presentado documentos oficiales, fundamentalmente de una de las agencias del gobierno estadounidense, de la Agencia Estadounidense para el Desarrollo Internacional (USAID). Esos documentos son pruebas parciales y poco fiables, porque están preparados para la invasión y con la finalidad de justificar la invasión de Iraq. Es más, como la acusación demostró, el mismo director de la USAID admitió, su agencia estaba infiltrada de agentes secretos y propagandistas.
6.4. El 11 de septiembre y la invasión de Iraq
La defensa ha presentado los sucesos del 11S en este procedimiento de diferentes maneras.
  1. El 11S y la invasión de Iraq.- La defensa no ha presentado pruebas que establezcan un plan o una conexión operativa entre Sadam Huseín y los acontecimientos del 11S. La acusación estableció que Bush podría haber utilizado el 11S como un pretexto para la invasión de Iraq.El 11S y el Proyecto por un Nuevo Siglo Americano.- La acusación presentó pruebas que demostraron que los responsables clave en el gabinete del primer acusado Bush planificaron la invasión de Iraq ya desde febrero de 1998, bajo el paraguas del Proyecto por un Nuevo Siglo Americano que, al mismo tiempo, preparaba a la opinión pública para un ‘nuevo Pearl Harbor’, un hecho que se materializó el 11S.
  1. El 11S “momento grotiano”.- La defensa arguye que “los atentados del 11 de septiembre en Estados Unidos demuestran un cambio en la naturaleza de las amenazas a las que se enfrenta la comunidad internacional, de modo que se establecen las pautas para el rápido desarrollo de nuevas reglas del derecho consuetudinario internacional”, que podrían autorizar, presumiblemente, la invasión de Iraq. No obstante sigue sin establecerse cuales son las razones para los sucesos del 11 de septiembre.
6.5 Sadam Huseín y los hechos de 1998 a 1991
La defensa presentó pruebas de la limpieza étnica con armas químicas que llevó a cabo Sadam Husein contra los kurdos y la campaña Anfal de 1988, así como el asesinato de los shiíes y de los árabes de las marismas. No obstante la defensa no ha podido explicar por qué el presidente Ronald Reagan y George HW Bush (padre) mediante Donald H. Rumsfeld, que actuó de intermediario, vendió armas químicas a Iraq y permitió su uso, y por qué el presidente George HW Bush (padre) incitó a los árabes de las marismas a la rebelión en 1991 solo para abandonarlos a su suerte sabiendo que se enfrentarían a las represalias del gobierno iraquí.
6.6 Las fuerzas del comando conjunto estadounidense
La defensa presentó un documento preparado por el Centro Conjunto para el Análisis de Operaciones en relación contractual con el Departamento de Defensa como justificación de las relaciones entre Sadam Huseín y el terrorismo internacional. La acusación estableció la parcialidad del documento porque fue generado por los invasores después de la invasión.
6.7 Legitima defensa preventiva
La defensa planteó la doctrina de la defensa propia preventiva de acuerdo con el artículo 51 de la Carta de Naciones Unidas como una justificación para la invasión de Iraq liderada por los dos acusados, Bush y Blair. La acusación señaló que la oración “si se produce un ataque armado”, en el artículo 51, excluye su aplicación en el caso de Iraq. La acusación señaló además que el ataque de 1981 de Israel contra Iraq, citado por el abogado de la defensa como una justificación de la invasión de Iraq por el acusado, fue condenado por el Consejo de Seguridad y fue llevado a cabo por el primer ministro Begin para mejorar su prestigio de cara a las elecciones de 1981 en Israel.
6.8 Memorias de los acusados Bush y Blair
Tanto la defensa como la acusación presentaron partes relevantes de las memorias de los acusados, Bush y Blair, como pruebas en este caso.
7. Conclusiones del Tribunal en base a los hechos y a la ley
7.1 Derecho de defensa propia según la Carta de Naciones Unidas
El artículo 51 de la Carta de Naciones Unidas permite a los Estados miembro defender su soberanía y ejercitar el “inherente derecho individual o colectivo a la defensa propia si se produce un ataque armado”. No obstante, el uso unilateral de medidas represivas está sujeto a una serie de limitaciones.
Primero, el derecho se mantiene solo hasta que “[…] el Consejo de Seguridad haya tomado las medidas necesarias para mantener la paz y la seguridad”. Una vez que el Consejo de Seguridad formalmente determine que existe una amenaza a la paz y la seguridad, los Estados individuales podrían dejar de ejercitar el derecho a la defensa propia con la aprobación expresa y previa del Consejo de Seguridad.
Algún tiempo después de la invasión aliada, el Consejo de Seguridad deliberó sobre la guerra de Iraq. Expresamente no legalizó la invasión. No obstante, todos sabemos que la ocupación militar de Iraq continúa a día de hoy.
Segundo, el artículo 51 se aplica sólo en el caso de un ataque armado  real. Iraq no atacó ni a Estados Unidos ni a Reino Unido. De hecho, desde 1991, no ha atacado a ningún país en absoluto.
A pesar de lo aportado por la defensa, no hay pruebas verosímiles de que Iraq tuviera ninguna relación con el 11 de septiembre de 2001 o con Al-Qaeda. Tampoco existe ninguna prueba de que Iraq preparara atacar o amenazar a alguna nación.
Si de algún modo, hubo tal amenaza, no era inminente y era totalmente evitable. El argumento de la defensa propia es, por lo tanto, no creíble.
Tercero, el Tribunal Penal Internacional [TPI ha declarado en elcaso de las armas nucleares  que la defensa propia sea legal debe ser “proporcional al ataque armado y la necesaria para responder a él” [Nicaragua, TPI, informes (1986) en 14,94 y 103;  Legality of the Threat Or Use of Nuclear Weapons, TPI informes (1996) en párrafo 41].
Puesto que no se produjo ningún ataque desde Iraq, no hubo, por lo tanto, justificación para que Estados Unidos o Reino Unido invocara el artículo 51 sobre defensa propia para atacar, invadir y conquistar Iraq. La justificación, si es que hay una, debe reposar en la discutida doctrina de defensa preventiva o anticipatoria del Consejo de Seguridad, de acuerdo al uso y las costumbres del derecho internacional, lo que desarrollaremos más abajo.
7.2 Autorización del Consejo de Seguridad
Excepto por la limitada excepción de la autodefensa unilateral del artículo 51, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, es la única autoridad con poder, emanado del Capítulo VII, artículos del 39 al 42, para usar la fuerza por aire, mar o tierra contra una nación que sea culpable de “amenazas a la paz, quebrantamiento de la paz o actos de agresión”. Este poder excepcional está sujeto a una serie de limitaciones.
Primero, la acción militar se autoriza para mantener o restaurar la paz y la seguridad internacional.  No obstante, en base a la decisión Nicaragua, el cambio de régimen no es una ley objetiva internacional válida. Mantenemos nuestro firme punto de vista de que los poderes excepcionales otorgados por el Capítulo VII  no se pueden utilizar  para declarar la guerra y emprender acciones militares contra una nación soberana con el objetivo de provocar un “cambio de régimen” o el derrocamiento de un dirigente dictatorial o no electo, sin importar lo indeseable que pueda ser.
Segundo, la acción militar bajo el artículo 42 se debe utilizar como el último recurso. El Consejo debe, en primer lugar, intentar medidas pacíficas, como las sanciones bajo el artículo 41 de la carta. El artículo 41 autoriza “total o parcialmente la interrupción de las relaciones económicas y de cualquier medio de comunicación por ferrocarril, mar, aire, correos, telégrafos, radio y otros posibles medios de comunicación y la ruptura de las relaciones diplomáticas.”
La fuerza solo se puede autorizar cuando el Consejo determine que las medidas pacíficas “serían inadecuadas o se ha demostrado que son inadecuadas” (artículo 42). El Consejo tiene la obligación de agotar las medidas pacíficas antes de autorizar la guerra (artículo 39).
Excepto Estados Unidos y Reino Unido, los otros miembros permanentes del Consejo de Seguridad tenían el punto de vista de que las inspecciones de Naciones Unidas funcionaban y de que Iraq estaba cumpliendo con la orden de desarme. Siguiendo las órdenes de los inspectores de Naciones Unidas, el régimen de Sadam destruyó algunas armas prohibidas. Hans Blix, jefe de los inspectores de armas de Naciones Unidas solicitó cuatro meses para terminar su trabajo y a la mayoría de los miembros del Consejo les pareció adecuado concederle ese tiempo. Sin embargo, Estados Unidos y Reino Unido no apoyaron la ampliación del tiempo solicitado. Cabildearon con dureza para obtener una nueva resolución del Consejo que autorizara de inmediato las operaciones militares contra Iraq. Estados Unidos amañó documentos para acusar a Iraq de intentar comprar materias primas para fabricar armas de destrucción masiva en los mercados internacionales. Reino Unido, por su parte, careciendo de pruebas contra Iraq, plagió la tesis de un estudiante e intentó hacer pasar ese texto por un informe de sus servicios de inteligencia.
Estados Unidos y Reino Unido intentaron forzar una nueva resolución a la que finalmente se opusieron Francia, Alemania, Rusia y China, que deseaban dar a los inspectores el tiempo que habían solicitado para terminar sus inspecciones.
Tras su fracaso para conseguir una nueva resolución del Consejo de Seguridad, Estados Unidos y Reino Unido cambiaron de estrategia y argumentaron que no era necesaria ninguna nueva resolución para autorizar ataques militares puesto que las resoluciones existentes permitían a cualquier miembro del Consejo usar la fuerza de manera unilateral en el caso de que Iraq estuviera incumpliendo sus obligaciones.
Este es el “argumento renovado” que expuso la defensa. El examen de algunas d las resoluciones del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas sobre Iraq entre el 2 de agosto de 1990 y el 8 de noviembre de 2002 demuestran que el argumento esgrimido por Estados Unidos y Reino Unido de la autoridad unilateral para invadir Iraq carece por completo de base.
7.3 Defensa propia preventiva o anticipatoria en el derecho consuetudinario internacional
La Carta de Naciones Unidas no permite de ninguna manera la declaración de guerra por la percepción de amenaza de un ataque inminente. Algunos expertos indican que la Carta pretendió abolir el derecho consuetudinario de la defensa propia preventiva. A pesar de esta duda parece que según el derecho consuetudinario internacional sí existe la doctrina de la defensa propia preventiva. “Según caso  Carolina [Caroline case  o  Carline affair]  el legítimo uso de este derecho requiere ‘una necesidad de defensa propia instantánea, imperiosa, que no permite otra opción y que no hay momento para la deliberación”.
La idea de que la seguridad de Estados Unidos y Reino Unido estaba amenazada por la supuesta posesión de armas de destrucción masiva de Iraq, era ridícula e incluso resulta más ridícula hoy en día. A pesar de años de incursiones por aire extremadamente intrusivas de la inteligencia y de más de 550 inspecciones sobre el terreno, llevadas a cabo por inspectores de Naciones Unidas en los cuatro meses anteriores a la invasión no ha aparecido ni una sola prueba verosímil de la existencia de armas de destrucción masiva. Algunos documentos de Naciones Unidas que alegaban intentos de Iraq de comprar armas prohibidas, han resultado ser meras invenciones. Los inspectores de Naciones Unidas no encontraron tales tipos de armas ni tampoco ningún sistema de armas de largo alcance.
En esas circunstancias, la afirmación hecha por la defensa del derecho a iniciar ‘ataques preventivos’ contra Iraq fue una descarada violación de la legislación internacional. Sus argumentos pretendían dar a los Estados poderosos el derecho al uso de la fuerza militar contra otros Estados que consideraban hostiles o que hacían movimientos para comprar armas de destrucción ya fueran nucleares, biológicas o químicas.
Este Tribunal considera que la doctrina de los ataques preventivos es una doctrina sin límites, sin responsabilidad frente a Naciones Unidas o a la legalidad internacional; sin ninguna dependencia de un juicio colectivo o responsabilidad de los gobiernos y, lo que es peor, sin ninguna demostración convincente de la necesidad de su puesta en marcha”. Repudia la idea central de que la Carta de Naciones Unidas que prohíbe el uso de la fuerza salvo en caso de defensa propia o según lo acordado en una decisión del Consejo de Seguridad.
7.4. La intervención humanitaria o el derecho de proteger a las víctimas de las violaciones de los derechos humanos
La Defensa aportó pruebas verosímiles de graves violaciones de los derechos humanos llevadas a cabo por Sadam Huseín. No obstante, hábilmente, evitaron admitir que tanto Estados Unidos como Reino Unido fueron cómplices en la mayoría de esas violaciones de derechos.
La defensa argumentó que en vista de la brutalidad de Sadam, la comunidad internacional tiene el derecho y la obligación de utilizar la fuerza militar con finalidad humanitaria y para compensar las graves violaciones de los derechos humanos. Puesto que hubo pruebas verosímiles de que el régimen no electo de Sadam fue culpable de varias violaciones de derechos humanos, se argumentó que la fuerza militar se podría utilizar para derrocar al régimen de Iraq.
Consideramos que la legislación internacional no es estática. Se ha tomado nota sobre los elocuentes argumentos de la defensa sobre “los momentos  Grotiun” en la legalidad internacional. Sin embargo, el desarrollo y el cambio se ha de producir dentro del marco de la Carta de Naciones Unidas, y no fuera de ella.
El peligro del argumento de ‘la intervención humanitaria’ es que permite a Estados miembro eludir los principios y procedimientos perfectamente establecidos de la Carta de Naciones Unidas sobre el uso legítimo de la fuerza. La toma de decisión sobre los temas de la paz y la guerra es ilegal si se trasladan de los mecanismos multilaterales de Naciones Unidas a los Estados individuales. Si nos fiamos de este argumento los Estados miembro pueden traspasar los límites legales usando este excepcional poder y no ser responsables frente a nadie. No existe salvaguardia para evitar que los Estados manipulen este argumento para servir a intereses políticos o estratégicos.
Se ha de recordar que Naciones Unidas ya tiene otorgados todos los poderes de acuerdo al Capítulo VII para responder con la fuerza si en necesario para ratificar los objetivos fundamentales de Naciones Unidas que, en el artículo 1 incluye “potenciar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales”.
Mantenemos que cuando un país decide por sí mismo derrocar por la fuerza de las armas a un gobierno que desapruebe, esto es una simple y llana agresión y un crimen internacional. A pesar de que tomamos en consideración algunas sabias discusiones al respecto, mantenemos el principio de que la intervención humanitaria tiene una base dudosa. El control vigilante internacional no tiene validez legal. Incluso si la tuviera, tendría que aplicarse al sujeto en las condiciones previas señaladas por la acusación. Ninguna de las condiciones se han cumplido en esta trágica situación
7.5 Posesión de armas de destrucción masiva
Atacar a Iraq porque se supone que posee armas de destrucción masiva no tenía legitimidad bajo la legislación internacional. En primer lugar, las afirmaciones de que Iraq buscaba obtener o tenía armas de destrucción masiva fueron siempre altamente sospechosas.
Segundo, las resoluciones vinculantes de Naciones Unidas contra la supuesta posesión de armas de destrucción masiva de Iraq se deberían haber tomado de acuerdo con la legislación internacional y no en descarado incumplimiento de la misma.
Tercero, Estados Unidos no tiene las manos limpias en el asunto de las armas de destrucción masiva de Iraq porque junto con Reino Unido y con unas 150 empresas occidentales (relacionadas en el listado confeccionado por los inspectores de Naciones Unidas), facilitaron en la década de 1980 el uso de armas de destrucción masiva a Iraq.
7.6 ¿Hubo planes y preparación previa para organizar una operación militar?
La acusación ha presentado pruebas convincentes de que los tambores de guerra ya sonaban mucho antes de la fecha de la invasión. Los hechos se establecieron para ajustarse a la política.
Desgraciadamente la refutación de la defensa se basó en pruebas altamente dudosas del gobierno y el ejército estadounidense que no son verosímiles. Las leyes de Estados Unidos o las resoluciones del Congreso estadounidense tampoco son aceptables porque Estados Unidos, con todo su poder, no tiene derecho de cambiar la legislación internacional.
Es más, muchas de las afirmaciones en los libros escritos por los dos acusados los implican en el diabólico plan. Las memorias de ambos acusados no aportan justificación para la guerra contra Iraq.
8. Sentencia
“La esencia de la legalidad es la aplicación de los principios predecibles y coherentes con una sencilla idea: igual para el fuerte que para el débil. La manipulación selectiva de la legislación internacional por los Estados poderosos minimiza su legitimidad.”
La invasión de 2003 de Iraq fue un acto ilegal de agresión y un crimen internacional. No se puede justificar “bajo ninguna interpretación razonable de la legislación internacional”. Viola “los todos los límites de las leyes que regulan el uso de la fuerza”. Es un asesinato en masa. El uso de la fuerza ilegal contra Iraq “amenaza el regreso a un mundo en el que la ley de la jungla prevalece sobre el imperio de la ley, con consecuencias potencialmente desastrosas para los derechos humanos no solo de los iraquíes sino de las personas de toda la región y del mundo.”
El futuro de Naciones Unidas y de la legalidad internacional de la guerra está en juego. La acción militar no autorizada en Iraq socaba el sistema de seguridad colectiva inserto en la Carta de Naciones Unidas cuya finalidad es proteger a la humanidad de que se vuelva a producir la carnicería de la Segunda Guerra Mundial.
Los dos acusados usaron la ley a su antojo. Actuaron con mentiras y falsedades. Actuaron en flagrante violación de la legislación internacional de la guerra y la paz. En ausencia de pruebas verosímiles, las afirmaciones de la defensa carecen de credibilidad. Los acusados parecen ser hojas de parra para esconder sus desnudas ambiciones políticas y económicas.
El tribunal, por todo lo anterior, consideramos que la imputación contra ambos acusados está demostrada más allá de cualquier duda razonable. Los dos acusados, por lo tanto, son declarados culpables y condenados.
9.- Mandato
1.- El tribunal, de acuerdo con el artículo 31 de nuestra Carta, recomienda a la comisión que presente acusación contra los dos condenados ante la Corte Penal Internacional.
2.- El Tribunal, de acuerdo con el artículo 32 de la Carta, recomienda a la comisión que el nombre de los dos condenados se incluya en el Registro de la Comisión de Criminales de Guerra y se publique debidamente.
10.- Recomendaciones
Primero.- La comisión debe invocar la ley de Núremberg para denuncia a Bush y Blair y a sus cómplices por crímenes contra la paz, crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad de acuerdo a la Parte VI de la Carta del Tribunal de Núremberg.
Segundo.-  La comisión debe denunciar ante la Corte Penal Internacional a los dos acusados por genocidio y crímenes contra la humanidad.
Tercero.-  La Asamblea General de Naciones Unidas debe ser proclive a aprobar una resolución para que termine el fin de la ocupación estadounidense de Iraq.
Cuarto.-  Las conclusiones de este Tribunal deben comunicarse a todos los países firmantes del Estatuto de Roma que tienen jurisdicción universal.
Quinto.-  El Consejo de Seguridad de Naciones Unidas debe reafirmarse y asegurarse de que la verdadera soberanía se transfiera al pueblo iraquí lo antes posible con la asistencia de una fuerza de paz de Naciones Unidas. La autonomía del nuevo gobierno de Iraq debe quedar asegurada.